Pasadas las 14:30 horas comenzó la sesión ordinaria en el Palacio Legislativo y fue presidida por el Presidente Dr. Oscar Félix González.

 

Al comienzo de la sesión ordinaria, los parlamentarios aprobaron, por amplia mayoría, el proyecto de ley que instituye el Proceso de Mediación y declaran de interés público provincial la utilización, promoción, difusión y desarrollo de la mediación para la resolución de conflictos.

Estuvieron presentes en el recinto, acompañando dicha Ley, el Ministro de Justicia, Luís Angulo y funcionarios del ministerio.

La Ley 8.858 fue sancionada en el año 2000 y significó la puesta en marcha de la Mediación como método alternativo de resolución de los conflictos en nuestra Provincia.

El sistema previsto por la ley vigente regula la mediación extrajudicial y la intrajudicial, es decir en el marco de un proceso judicial, estableciendo la obligatoriedad de la instancia de Mediación, en todo juicio declarativo y ordinario, todas las causas en las que se solicite el beneficio de litigar sin gastos y cuando el Juez, por la naturaleza de la causa, su complejidad o los intereses en juego, decidiere su derivación.

El presente Proyecto aprobado busca dar un salto cualitativo en el camino que va recorriendo la Mediación en Córdoba, incorporando la Mediación como una etapa previa y obligatoria a todo proceso judicial en el fuero Civil y Comercial, incluso antes de promover la demanda, lo que amplía significativamente el espectro cualitativo y cuantitativo de la mediación, lo cual implicará, como consecuencia de su mayor utilización, una importante herramienta de divulgación de las virtudes de este método.

A su vez, se amplían los ámbitos en los cuales puede llevarse a cabo la Mediación Prejudicial, pudiendo ser realizado en el Centro Judicial de Mediación o en otros Centros de Mediación, públicos o privados, con los mismos efectos.

El objetivo de implementar la mediación prejudicial obligatoria es, por un lado disminuir la litigiosidad cuya tasa se advierte en sostenido aumento año a año, conforme las estadísticas brindadas por el Poder Judicial.

La introducción del sistema aprobado busca reducir la cantidad de causas que ingresan al sistema, otorgando la posibilidad de resolver el conflicto en una etapa temprana, de bajo costo económico, sin desgaste jurisdiccional y que otorga a los justiciables el control sobre su conflicto para que, en conjunto, lleguen a la creación de una realidad no anticipada por ellos y así logren un acuerdo superador de sus diferencias, lo que se considera un avance en la forma de abordar las controversias por parte de los ciudadanos.

Este sistema se proyecta como un método apropiado para garantizar la celeridad y simplificación de las cuestiones administrativas del proceso, que deben pasar a un segundo plano, para dar lugar a la resolución del conflicto, como objetivo primordial del proceso de Mediación.

Otra de las innovaciones proyectadas es la posibilidad de realizar la Mediación utilizando tecnologías de la información y comunicación, para casos en que una de las partes no pueda asistir a la reunión por razones de salud, distancia u otro motivo justificado. Se prevé que esta mediación sea realizada con una de las partes en un Centro de Mediación y la otra comunicada a través de un sistema que cumpla con los principios y garantías del proceso.

La obligatoriedad del proceso de Mediación Prejudicial tiene dos alcances. El primero es que la instancia previa de mediación constituye un requisito de admisibilidad de la demanda. El segundo hace a la comparecencia al proceso de Mediación Prejudicial (ante cualquier Centro de Mediación), que también es obligatoria.

Otro de los puntos especialmente relevantes es que el acuerdo al que arriben las partes en el marco del proceso de Mediación previa y obligatoria, ante cualquier Centro de Mediación no requiere de homologación judicial, la que está prevista sólo cuando estuvieren involucrados derechos de incapaces o personas con capacidad restringida, o cuando deba efectuarse la inscripción registral de un bien.

 

2ª Sesión Especial

Por decreto del Presidente Provisorio en ejercicio de la presidencia de la Legislatura Provincial, Dr. Oscar González, se llevó a cabo la 2ª Sesión Especial en la Unicameral, inmediatamente de finalizada la sesión ordinaria prevista para este miércoles. En la misma se debatieron proyectos relativos al Fuero Penal Económico Anticorrupción. Los mismos, luego de un extenso debate, fueron enviados a archivo.

 

Se pospone la Sesión Especial del miércoles 16 de mayo

A pedido del Interbloque Cambiemos, la Sesión Especial citada por la Presidencia de la Legislatura Provincial para el día 16 de mayo de 2018 en la que se tratarían proyectos relativos a las temáticas educación sexual, salud reproductiva y aborto, se pospondrá hasta que el Congreso de la Nación inicie el tratamiento de éstas temáticas.